miércoles, 12 de agosto de 2015

Trastorno disocial de la personalidad



Sabemos que no es fácil para el lector no psiquiatra entender las características de los trastornos de la personalidad y más aún comprender que los trastornos de la personalidad tienen una variedad dentro de la cual conseguimos los trastornos disociales o antisociales de la personalidad.

Los rasgos de la personalidad son patrones permanentes que incluyen el modo de vivir y relacionarse y de cómo percibe el entorno y a sí mismo. El trastorno de la personalidad vendría a ser entonces, la estructuración de estos rasgos, es decir, cuando son inflexibles y maladaptados, con deterioro del funcionamiento social y ocupacional, con malestar subjetivo y el cual se reconoce desde la infancia o la adolescencia, siendo pues trastornos crónicos, permanentes y resistentes al cambio.

En 1923, Kurt Schneider publica su obra Las Personalidades Psicopáticas, en la cual establece por primera vez que “las personalidades psicopáticas son personalidades que sufren por causa de su anormalidad o que, impulsados por ella, hacen sufrir a la sociedad”. Consideró las personalidades anormales como variantes constitucionales perturbadas: las alteraciones que representan conflicto consigo mismo (personalidades anormales) y los que por su anomalía hacen sufrir a sus semejantes (personalidades psicopáticas). 

Herrera Luque clasificó a los psicópatas como:
a.       Temperamentales: depresivos, irritables, asténicos, explosivos, etc., en los cuales no se prejuzga la existencia o no de perturbaciones caracteriales;
b.      Caracteriales: en los cuales las anomalías del carácter no necesariamente se traducen en alteraciones graves o permanentes de la conducta social o de las pautas morales;
c.       Sociópatas: en ellos hay anomalías graves y permanentes de la conducta social o moral.

La etiología de estos trastornos las limitó a:
1.       Disfunciones metabólicas
2.       Disfunciones cerebrales
3.       Malformaciones congénitas o displasias
4.       Endogenicidad

De acuerdo a GISBERT Y SÁNCHEZ, la personalidad es del todo individual, en el que se toma en cuenta la estructura, la dinámica y la historicidad. VARGAS ALVARADO habla de la conducta característica de interacción del individuo con su medio ambiente; esta conducta y forma de relacionarse y de reaccionar ante los diversos estímulos sociales, son diferentes para cada persona. 
 Las características internas se manifiesta externamente a través de pautas de conducta que son relativamente estables en cada persona. Es el modo de ser de cada quien.

La personalidad, según MILLÓN, se ve como un modelo complejo de características psicológicas profundas que son generalmente inconscientes  que no pueden ser erradicadas y se expresan automáticamente en cada faceta de funcionamiento individual. Para L’ABATE, la personalidad comprende lo que una persona es, lo que una persona hace y lo que una persona tiene, y además, la manera como esa persona concilia esos tres aspectos.

PICHOT señala que la personalidad se puede definir como la integración dinámica de los aspectos cognitivos (intelectuales), connativos (pulsionales y voluntarios) y afectivos, asi como por los aspectos psicológicos y morfológicos del individuo. La anormalidad de la personalidad refleja la habilidad del individuo para enfrentarse con el medio de una manera flexible, actuando con una tendencia a adaptarse a la realidad en forma creativa, adecuada y aceptable socialmente.

LANGELUDDEKE, señala que los disociales presentan una personalidad anormal, es decir, se desvían de lo que nosotros podemos llamar normalidad desde el punto de vista de la sociedad actual; es importante aclarar, que la denominación “anormal” en estos casos no se corresponde a la misma acepción de “patológico”.

Se considera que los trastornos de personalidad son diferentes del resto de trastornos psiquiátricos debido a:
1.       Los trastornos de la personalidad son condiciones crónicas y permanentes, en cambio los trastornos psiquiátricos aun cuando pueden ser de larga evolución se presentan con brotes, por episodios o con agudizaciones;
2.       El trastorno de personalidad refleja más disfunciones emocionales básicas que en otros trastornos psiquiátricos. Es decir, son trastornos del CARÁCTER, en contraste con los problemas superficiales de las  otras nosologías.
3.       Los trastornos de la personalidad son egosintónicos en contraste con los otros trastornos los cuales son egodistónicos. En este último caso, el paciente o sus familiares buscan tratamiento, puesto que el enfermo sufre y se conoce que el trastorno puede cambiar y mitigarse. En el caso del trastorno de la personalidad, el paciente no sufre o por lo menos no lo percibe así y no desea el cambio. En todo caso, es más frecuente que sea la familia, la comunidad o los tribunales u otra institución las que se dan cuenta a largo plazo.

Es importante conocer que no todos los individuos con alteraciones de la personalidad tienen una connotación legal. No sucede así con el trastorno disocial o antisocial de la personalidad cuyas características tienden a quebrantar las normas o crear conflictos  en el medio en el que se desenvuelven, sin ningún tipo de enmienda a la situación.

El desequilibrio psíquico de estos individuos, hace que su conducta se traduzca en actos delictivos aislados, como también tendencias criminales propiamente dichas, por eso es que se menciona en las diferentes clasificaciones psiquiátricas, a este trastorno, como el que mayor injerencia legal o criminológica presenta.

Es necesario aclarar que si bien son cuadros con profundas alteraciones conductuales, no son enfermos mentales propiamente dichos, es decir, sus acciones no están privadas de juicio, raciocinio, ni pérdida de la realidad, como tampoco ningún factor que los prive de la voluntad para cometer un acto delictuoso. Su importancia médico legal radica en la incapacidad para adaptarse a las condiciones ordinarias del medio y a la vida social; conocen estas personas perfectamente la las consecuencias de sus acciones y son capaces de planificar.

Los disociales son personas que no mantienen por mucho tiempo un oficio o profesión, debido a su tendencia a la irresponsabilidad e indolencia, funcionan básicamente con el principio del placer, es decir, por la necesidad inmediata de satisfacer sus deseos. Son individuos inmaduros, impulsivos; ante el fracaso, intentarán remediarlo con otros actos delictivos, tales como abuso de confianza, emisión de cheques sin fondos, estafas, hurtos, entre otros. Sus alteraciones son permanentes y duran toda la vida.

En su mayoría, los disociales son inteligentes (aunque podría presentarse también en personas con déficit cognitivos) y aplican todas sus cualidades para llevar a cabo sus fechorías; ya que esto les permite visualizar la trascendencia que tiene su acción y por lo general no cometen hechos de sangre o lo hacen raras veces.  Pero cuando esto sucede lo realizan con frialdad y premeditación, buscando las ventajas en la ejecución y tratando siempre de asegurar la impunidad del hecho.

La valoración penal de estas personas es muy compleja y debe siempre individualizarse y detallarse en cada caso. Y Debe puntualizarse que, si se le declara culpable por lo antes explicado, al salir de la cárcel sin programa de tratamiento alguno, reinciden en actos delictivos, ya que una de sus características es que no aprenden de las experiencias de castigo. Y si se les declara como inimputables y por lo tanto no responsables, su peligrosidad tiende a ser mayor, reforzándose en ellos la carta abierta para cometer cualquier delito.

El trastorno disocial de la personalidad no es susceptible de inimputabilidad. En otros casos en los cuales no exista un trastorno disocial, sino otro tipo de trastorno de la personalidad, podría considerarse una disminución de la pena, ya sea porque esté disminuida la voluntad o porque tenga una alteración de la consciencia o porque haya sido causado por una lesión orgánica, como podría suceder en los casos de un cambio de personalidad postraumático.

Algunos autores como STUMPFL y MEZGER proponen un aumento de la pena en aquellos crímenes o delitos cometidos por individuos con trastornos disociales, sin embargo, otros opinan que solamente se lograría retrasar la reincidencia, pero aumentaría la peligrosidad como resultado de su permanencia en el área carcelaria, el resentimiento y más si esta reclusión no se acompaña de un programa de rehabilitación continuo.

En conclusión, podemos decir que el individuo que tiene un trastorno disocial o antisocial de la personalidad se caracteriza por presentar desde la infancia desprecio por las normas sociales e irresponsabilidad que manifiesta de diversas formas; en la vida adulta se evidencian claramente los desapegos afectivos, agresividad hacia otros, inestabilidad laboral, promiscuidad sexual, tendencia delicuencial y la ausencia de sentimientos de culpa y la dificultad para aprender de experiencias de castigo. No entienden los conceptos de moral, vergüenza, pudor, honor, reputación, cortesía y respeto. Motivos por los cuales deben ser penados sin atenuación alguna, pues de alguna manera ello permitirá controlar su conducta al ser confinados, estrechando así su campo de acción. Deberían ser sometidos a tratamientos penitenciarios adecuados para su trastorno, aun cuando la experiencia muestra que son de poca utilidad si la patología es intensa.   

Bibliografía
1.       Sadock B. y Sadock V. Kaplan & Sadock. Manual de bolsillo de psiquiatría clínica. Barcelona: 5ª. Ed. Lippincott Williams & Wilkins, 2011.
2.       Vargas Alvarado E. Medicina forense psiquiátrica. Editorial Trillas, S.A. de C.V. México
3.       Verde Aponte F. y Alvarado Yolanda. Psiquiatría forense, penitenciaria y criminología. Livrosca C.A. Caracas 2006.